El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones un nuevo Reglamento de Extranjería con el que adecuar la norma a la situación migratoria actual, satisfacer las necesidades del mercado laboral y de las personas migrantes, así como hacer frente al reto demográfico de nuestro país.
Para la ministra Elma Saiz, supone la reforma” más integral y ambiciosa que se ha realizado en 13 años, desde que entrara en vigor en 2011.”
Aporta seguridad jurídica, simplifica trámites y protege derechos, pero además ofrece nuevas posibilidades a las personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas y a sus familias.
La ministra ha recordado que España cuenta con 7 millones de personas extranjeras con documento de residencia en vigor, “lo cual hace imprescindible contar con un marco normativo que responda de manera eficaz a sus situaciones y a sus necesidades especiales”.
Las personas extranjeras que cotizan a la Seguridad Social ya suman 2,9 millones, el 13,6% del total de los afiliados, 2 puntos más que hace 2 años. Representa, además, el 16% del conjunto de los trabajadores autónomos.
Principales novedades del Reglamento de Extranjería (19 noviembre de 2024)
· Se reducirá el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años para solicitud de arraigo social.
· Visados, todas las autorizaciones iniciales serán de 1 año con renovaciones de 4.
· Se crea la figura de arraigo de segunda oportunidad, que permitirá la regularización de las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos 2 años y no se hubiera renovado por distintas razones
· Se modifica el arraigo por formación, permitiendo trabajar hasta 30 horas semanales durante sus estudios, independientemente de la formación que estén cursando.
· Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.
· Los visados para búsqueda de empleo serán de 1 año, anteriormente la autorización era de 3 meses.
· Se habilitarán a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia desde el primer momento.
· Mejora en cuestión de reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, ampliándose la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga.
· Se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.