La Comisión Islámica y quienes de ella obtienen beneficio, en vez de impulsar y reforzar las peticiones de las comunidades locales que buscan espacios para los enterramientos, han optado desde un primer momento por torpedear estas iniciativas bajo el miserable argumento de que solo ellos están legitimados para hacerlo. Ya de por si la acción del silencio es en sí misma una forma más para impedir cualquier movimiento que no les tenga como partícipes y como comandantes de cualquier acción que intente beneficio a los ciudadanos musulmanes de España.
El Acuerdo del 92 a quien más ha beneficiado ha sido a los miembros de la Comisión Islámica y a quienes de ella obtienen beneficio, sin que en todos estos años, más de 33, haya existido un mínimo de código ético y moral para analizar y solucionar los muchos problemas que rodean a la comunidad musulmana residente en España.
El asunto de los enterramientos es una prueba inequívoca de la dejadez y la clara omisión de sus funciones de una Comisión que vive alejada de la realidad y cuya única preocupación es el cobro de subvenciones, ya sea desde las mismas arcas del Estado como también desde aquellas ciudades, léase Ceuta, que les conceden suculentas cantidades de dinero de las que nadie da cuenta.
La sentencia de Talavera confirma la legitimidad de las comunidades locales a la hora de solicitar espacios de enterramiento para ciudadanos musulmanes. Dejando bien claro que Negar legitimación a las comunidades locales mediante una lectura restrictiva vaciaría de contenido la finalidad del Acuerdo.
La Sentencia 251/2026 no se limita a corregir una omisión administrativa: restablece el alcance real de la libertad religiosa en España, recordando que los derechos fundamentales no pueden quedar a merced de la inercia burocrática ni de interpretaciones reductoras. El fallo reafirma que la cooperación positiva exigida por el artículo 16 CE implica actuar, resolver y garantizar, no simplemente tramitar.
El Tribunal recuerda que los ayuntamientos ostentan competencias en materia de cementerios y servicios funerarios (art. 25.2 LBRL) y que el silencio administrativo no puede operar como técnica para eludir decisiones cuando está en juego un derecho fundamental. De forma expresa, el TSJCM afirma:
«La inactividad municipal ha afectado a un derecho protegido constitucionalmente».
El artículo 2.5 de dicha Ley reconoce expresamente el derecho de las comunidades islámicas a obtener parcelas reservadas para enterramientos islámicos en cementerios municipales. Este derecho, aunque recogido en una ley ordinaria, constituye una manifestación externa del derecho fundamental a la libertad religiosa protegido por el art. 16 CE. Negar legitimación a las comunidades locales mediante una lectura restrictiva vaciaría de contenido la finalidad del Acuerdo.
El TSJCM rechaza igualmente la tesis del Ayuntamiento y del Ministerio Fiscal según la cual la Comunidad Islámica debía acreditar en detalle los ritos funerarios o justificar por qué requieren una zona específica. El Tribunal recuerda que el derecho fundamental no exige una carga probatoria reforzada: es la Administración quien debe analizar la solicitud desde la perspectiva del derecho fundamental, no desde la rutina burocrática.
La labor que viene realizando la Asociación de Consumidores Halal, ACOHA, y la abnegación de profesionales como la de Jesús Gil, abogado principal en todos estos procedimientos, viene produciendo notables satisfacciones a los musulmanes de España, quienes con una labor callada y sin estridencias mantienen una actividad seria y firme en todos los procedimientos judiciales en marcha.
En estos días se ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo para que dicte sentencia sobre el asunto de Algeciras. Un procedimiento iniciado por la Asociación Al Rahhma y que pronto verá sentencia.
La Comisión Islámica, la Feeri y cuantas federaciones viven ausentes de la realidad de los musulmanes de España, bien harían en hacer examen de conciencia, y no huir hacia adelante mediante la organización de congresos y seminarios vacíos de utilidad y plenos y rebosantes de palabrería que se repite una y otra vez y que siempre conduce hacia ellos mismos como fin y última parada.
Desde aquí un aviso al valiente e intrépido enterrador jefe del cementerio de Sidi Embarek, Ceuta, quien sin mediar argumento amenazó verbalmente a uno de los redactores de Islam News, advirtiéndole de que de producirse situación igual o parecida se procederá judicialmente. Pensábamos que el sepulturero era neutral, pero ya se constata que comparte bolsa y vida con sus hermanos del alma.
El dinero que percibe la Comisión Islámica de la Ciudad Autónoma de Ceuta es para los ciudadanos musulmanes de Ceuta. Y así van pasando los años y nadie explica el destino de tanto dinero, pues donde no va es a la comunidad musulmana de Ceuta. Decir eso es “contraproducente y diabólico”, según el enterrador jefe, pero no explica ni ayuda a entender hacia qué lugares y hacia qué bolsillos fue a parar tanto dinero.
En estas entidades no hay lugar para la crítica; menos aún, para pensar diferente. O piensas como nosotros y eres de los nuestros o bien piensas diferente y eres contrario a nosotros. Es la fórmula de quienes hicieron del Islam su forma de vida, su sustento y su mecanismo de defensa.
El resultado está a la vista de todos. Los logros desde la firma del Acuerdo del 92 son tan exánimes que ilustran de manera pormenorizada la falta de atención y la absoluta dejación de las funciones de una Comisión y de quienes de ella obtienen rédito económico y social. Han construido un entorno que tal solo sirve para sus intereses económicos y de influencia social e institucional.
Muchas mezquitas, muchas asociaciones, muchas federaciones y tantas otras entidades que hacen del Islam su razón de existencia han contribuido de manera extraordinaria a plasmar en la conciencia colectiva de la sociedad una imagen de religión muy alejada de la realidad. Son ellos parte del problema y no la solución.
Ejemplos hay muchos. El último tiene que ver con la Comunidad Islámica de Vigo y del Centro Cultural Islámico de Vigo, cuyo director, Samir Azzam, bajo el título de “Abu Islam” (Padre del Islam) -hay que tener atrevimiento para darse tan excelsa distinción-, expulsó de un grupo de WhasApp a varias mujeres por el simple hecho de disentir de sus opiniones.
Habla de educación cuando él es el primero en no mostrar ninguna. Lapidario, mandato divino, su religión, desobediencia, ideas destructivas solo por expresar opinión diferente, con respeto y sin faltar en ningún momento a nadie.
Es el firme criterio y firme convencimiento que anida en estas cabezas, y son cientos de miles, que dirigen comunidades sin ningún tipo de consideración hacia opiniones diferentes, siendo el caso de las mujeres asunto tóxico aunque la razón dicte lo contrario.
Dada la gravedad de lo sucedido, Islam News publicará en los próximos días un artículo con todos los detalles sobre la ley que impera en ese centro vigués.
